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TESIS: “PAGO DE LO INDEBIDO Y SALDO A FAVOR. CONCEPTO Y DIFERENCIAS.”

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María Guadalupe Zavala Villagómez.     P ara entender esta tesis debemos saber a que nos referimos con Pago de lo Indebido y con Saldo a Favor.      El pago de lo indebido según PROFECO : "Es algún pago que el contribuyente realizo en exceso o erróneo, es decir, un monto que el titular no adeuda a la autoridad fiscal pero que fue acreditado y conciliado indebidamente."      En el boletín núm. P057, comenta que en el 28/CFF/N el "Pago de lo indebido se refiere a todas aquellas cantidades que el contribuyente enteró en exceso, es decir, montos que el particular no adeuda al Fisco Federal, pero que se dieron por haber pagado una cantidad mayor a la que le impone la ley de la materia."      Y en la misma tesis nos menciona que: "respecto de cantidades que el contribuyente enteró en exceso, por haber pagado una suma mayor a la que le impone la ley de la materia, pero que originalmente no adeudaba al fisco federal..."    ...
ART 93 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, INGRESOS POR LOS CUALES NO PAGARAN IMPUESTO LAS PERSONAS FISICAS.   Para abordar el tema de cuáles son los ingreso exentos para las personas físicas, es importante empezar por la definición de este. El ingreso puede definirse como cualquier cantidad de dinero que forme parte de la economía de una persona, también puede entenderse como el incremento del recurso económico, pero, ¿Cómo afecta este ingreso para las personas físicas? La Ley del Impuesto Sobre la Renta no contempla alguna definición para el "Ingreso", esta solo menciona y establece mecanismos para determinar cual será el impuesto que el contribuyente enterara a la autoridad fiscal para así poder cumplir lo que nos marca el art. 1ro de esta Ley: "Articulo 1. Las Personas Físicas y las Morales están  obligadas al pago del Impuesto sobre la Renta en los siguientes supuestos..." En el Titulo IV de la Ley del Impuesto Sobre la...
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Para poder empezar a hablar del BEPS, tendríamos que empezar a definir ¿Qué es BEPS? El BEPS (por sus siglas en ingles Base Erosion and Profit Shifthing) se refiere a el Plan de Acción contra la Erosión de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios, que fue emitido por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), esto porque dicho organismo consideraba algunas practicas fiscales agresivas y originaban la erosión de la base fiscal en países acogidos, derivado de la aplicación de los Tratados Internacionales. El origen del BEPS surge porque la Organización de las Naciones Unidas (ONU) comienza a analizar el fenómeno de la doble imposición fiscal. En 1955 el Consejo de la Organización Europea de Cooperación Económica (OCDE) adopta su primera recomendación relativa a la doble imposición fiscal, y en 1963 adopta una recomendación sobre la eliminación de la doble imposición fiscal y exhorta a los gobiernos de los países miembros para que siguiera el Proyecto del Conv...